México
México, ¿qué debes saber sobre la factura electrónica 3.3?
Este 1 de julio entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica, aunque los contribuyentes aún pueden emitir facturas en la versión 3.2 hasta el 30 de noviembre de este año. El consejo es migrar paulatinamente a la nueva facturación de forma que puedas ir adquiriendo toda la información necesaria.
La nueva factura electrónica 3.3 requiere de mayor información sobre las operaciones que realizan los contribuyentes, lo que facilitará a la autoridad fiscal realizar trabajos de inteligencia y de esta forma, ahorrará tiempo para la fiscalización.
Uno de los cambios más importantes en la forma de elaborar las facturas electrónicas, será en la forma de ingresar los productos y servicios por los que se está haciendo el cobro. Antes, cualquier negocio podía poner el nombre o descripción del producto que vendiera como quisiera. Ahora, la autoridad tributaria publicó un catálogo de cerca de 60,000 productos que tienen que usar las personas morales para llenar las facturas.
Lo anterior tiene como objetivo que el SAT vea qué artículos compra y vende cada contribuyente y de esta manera, tener claro qué deben deducir y qué no.
Por otro lado, los proveedores de facturación electrónica también tendrán que adecuar sus sistemas a la nueva estructura. Es por esto que ioFacturo, partner de emisión de facturación electrónica de Gosocket en México, ha realizado los cambios necesarios a su sistema de forma que puedas emitir todos tus documentos tributarios en tiempo y forma cumpliendo con los requerimientos de ley.
Otro de los cambios que las personas morales deben tener en mente es el de generar un complemento de pagos adicional a la factura electrónica a partir del 17 de julio.
Este complemento debe incorporarse al CFDI que se expida por la recepción de pagos en parcialidades o en una sola exhibición cuando ésta no sea cubierta al momento de la expedición de la factura, incluso cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDI correspondiente.
Adicionalmente, las empresas tendrán que estar atentas cuando reciban los pagos, ya que no generar estos complementos podrá causarles multas importantes.
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