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México, ¿el SAT canceló tu CSD? Esto es lo que debes hacer
Una de las sanciones que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplica a contribuyentes que han presentado irregularidades en su actividad es la cancelación de su Certificado de Sello Digital (CSD). Esto por consiguiente deriva en la incapacidad de facturar para el contribuyente.
El perder el derecho de facturar resulta en la pérdida de ingresos o la imposibilidad de deducir impuestos. La cancelación del CSD deriva en no poder emitir facturas electrónicas, créditos fiscales o que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) determine que el contribuyente simula operaciones.
El CSD es un archivo electrónico que utilizan todos los contribuyentes para la emisión de comprobantes fiscales digitales por internet (CDFIs) de ingresos, egresos o nómina. Como resultado de la reforma fiscal del 2014, el Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que las autoridades tienen la facultad discrecional para cancelar el Certificado de Sello Digital. Entre los principales motivos para esta acción destacan:
1. Cuando detecten que los contribuyentes, en un mismo ejercicio fiscal omitan la presentación de tres o más declaraciones consecutivas o seis no consecutivas, previo requerimiento de la autoridad para su cumplimiento.
2. Durante el procedimiento administrativo de ejecución no localicen al contribuyente o éste desaparezca.
3. En el ejercicio de sus facultades de comprobación, detecten que el contribuyente no puede ser localizado; éste desaparezca durante el procedimiento, o bien se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
¿Cómo reestablecer el Certificado de Sello Digital?
Una vez que la autoridad ha cancelado el CSD de un contribuyente, este debe presentar una aclaración en el portal del SAT, en el que ingresa el archivo digitalizado con la resolución administrativa con la que bloquearon su certificado, así como las pruebas que desvirtúen o subsanen las irregularidades detectadas.
Si a un contribuyente le cancelaron el CSD por no estar localizado, debe pedir una verificación del domicilio. La autoridad debe verificarlo y entregar un acta en la que lo dé como localizado. Después de este proceso el afectado debe enviar la aclaración por el portal y aportar el acta de verificación del domicilio, para que liberen el sello, emitas uno nuevo y la causal quede sin efecto.
Si el contribuyente se opone a que se le practique la visita en el domicilio fiscal, puede enfrentar multas de hasta $50,000 pesos.
En el caso de que el fisco presuma que el contribuyente está simulando operaciones, puede implicar un tema de defraudación fiscal. En este caso se debe demostrar que realmente cuenta con los elementos para demostrar que no se realizó tal. En este supuesto, el SAT notifica a los contribuyentes y además publica en su portal y el Diario Oficial de la Federación los nombres y RFC de estos. El estar incluido en esta lista y no realices el trámite indicado para hacer la aclaración ante el SAT, te puede llevar a cometer un tipo de delito y por consecuencia, afectar a quienes han adquirido tus facturas electrónicas por motivo de deducciones indebidas.
Después de que el contribuyente envió la aclaración, la autoridad tiene tres días para dar una respuesta, no obstante esta puede tardar hasta un mes. Por otro lado, el afectado también puede presentar una queja ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) para que, de forma simultánea con la aclaración, exista una presión ante la autoridad. Otras de las opciones es que imponga un juicio contencioso administrativo para aclarar que la autoridad le canceló de una manera indebida el CSD.
Si esto te llega a suceder, debes asesorarte y anteponer una queja o juicio ya que las repercuciones económicas para una empresa pueden ser muy importantes.
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