Ecuador
Ecuador, pymes facturarán electrónicamente en 2019
Desde el 1 de enero de 2018 los proveedores de facturación electrónica y las empresas medianas se involucraron en este proceso.
A partir de junio de este año, importadores de bienes, agentes de aduana, empresas de servicios de transporte de valores y especies monetarias y quienes se dedican a la venta, cesión o transferencia de cartera, estarán obligados a emitir facturas electrónicas al ofrecer sus servicios. Las pequeñas empresas, aquellas que facturan de $100,001 a $ 1’000.000, se incorporarán a este proceso desde el 1 enero de 2019.
La facturación electrónica, impulsada por el Servicio de Rentas Internas (SRI), tiene ventajas tanto para la administración tributaria como para el contribuyente. El proceso de facturación tiene tres ciclos: la emisión, la autorización y la recepción. El contribuyente emite la factura, la misma que se carga con el sistema del SRI, y una vez autorizada, la factura llega automáticamente al receptor.
Para estar autorizado y utilizar servicio el contribuyente debe contar con una firma electrónica o certificado digital, además hacer una solicitud al SRI para trabajar en un ambiente de prueba y producción donde podrá emitir comprobantes de manera real. Este año ingresó un nuevo grupo, entre ellos los proveedores del Estado, cuya facturación del ejercicio fiscal anterior es igual o superior al valor de los ingresos establecidos para estar obligados a llevar contabilidad. Quienes ingresaron en 2017 deberán tomar en cuenta los valores vigentes de 2016, si es que estos superaron las 15 fracciones básicas en ingresos. Por ejemplo, la fracción básica del Impuesto a la Renta de 2016 es $ 11,170, una persona es obligada a llevar contabilidad a partir de los $ 167,550 aproximadamente. Ellos deben facturar electrónicamente.
Cambios por la Ley de Reactivación Económica
Quienes ingresaron este 2018 deben tomar en cuenta la resolución del proyecto de Ley de Reactivación Económica, el monto que obliga a llevar contabilidad cambia a partir de los $ 300,000 de ingreso. En la página del SRI están los catastros publicados, el contribuyente debe ingresar a SRI > Menú > Catastro > Comprobantes Electrónicos > Resolución 430 y con su RUC podrá hacer la verificación.
Otro grupo que inició este año son los contribuyentes cuya facturación en el ejercicio fiscal anterior es igual o superior al valor de ingresos establecidos para estar obligados a llevar contabilidad y al menos el 50% de la misma corresponda a transacciones efectuadas con exportadores. También las personas naturales y sociedades cuyos ingresos anuales del ejercicio fiscal son iguales o superiores al monto para pequeñas y medianas empresas. Las medianas, aquellas que generan ingresos desde $ 1,000,001 hasta $5,000,000, ya comenzaron a facturar electrónicamente.
Otro sector que ingresó este año son los sujetos pasivos del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), los productores y comercializadores de alcohol, los titulares de concesiones mineras y quienes se dedican al refinado de azúcar, indistintamente de su tamaño.
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